miércoles, 23 de marzo de 2016

Autodeterminación



Por una nueva política de Izquierda Unida en torno a la cuestión nacional de España y la autodeterminación

No hay ningún país en Europa que no conserve en algún rincón una o varias ruinas de naciones, restos de un antiguo pueblo desplazado o conquistado por una nación convertida más tarde en estandarte del desarrollo histórico. Estos restos de naciones pisoteadas implacablemente por la historia –como dice Hegel–, todas esas sobras nacionales, se convertirán y seguirán siendo, hasta su exterminación o desnacionalización final, partidarios fanáticos de la contrarrevolución, dado que su entera existencia es, en general, una protesta contra la gran revolución histórica.
Carlos Marx, «Nueva Gaceta del Rin»
  1. Planteamiento de la cuestión: democracia, soberanía y autodeterminación
  2. No hay democracia en abstracto
  3. La ciudadanía remite al Estado nacional
  4. Soberanía nacional, democracia e igualdad de derechos
  5. La falacia descriptiva del Derecho de Autodeterminación
  6. La Nación política es el Estado nacional
  7. El resurgir del etnonacionalismo el contexto de la Unión Europea
  8. ¿Qué es la Nación?, si no es el Estado nacional
  9. Por un viraje profundo en la política de iu en la cuestión nacional


  1. Planteamiento de la cuestión:
democracia, soberanía y autodeterminación
Democracia, soberanía y autodeterminación son conceptos habituales entre políticos, periodistas, opinadores de toda laya y público en general. Son conceptos habituales también en boca de nacionalistas y, lo peor, de muchos militantes de partidos que se dicen de izquierda no–nacionalista. Entre ellos, por supuesto, Izquierda Unida [iu], y como precursor de esta línea el Partido Comunista de España [pce]. Y así es que hoy, parece ineludible que el documento político que aprobará tanto la Asamblea Federal de iu, como la de su federación gallega, incluirá referencias a la democracia, a la soberanía y a la autodeterminación, como si fuese posible combinar, sin más, ¡a lo bruto!, democracia, autodeterminación y cuestionamiento de la soberanía. Y lo peor, ¡todo tras la experiencia yugoslava!

La solución de la cuestión nacional es ante todo una cuestión de política práctica que no permite permanecer irresoluto y cierto es que en eso hay que reconocer valentía a iu, pues, no se ha quedado a medias tintas y ha publicado un documento detallado sobre la solución al problema de la cuestión nacional de España. Sin embargo, la forma de abordar el problema por una organización que ideológicamente se define como socialista ha de realizarse echando mano del utillaje teórico con el que esta tradición socialista se ha dotado, y en el caso del pce, de un modo más claro, ha de ser cuando menos una respuesta materialista. No puede haber excepciones, pues, no se es materialista a veces. Decía Rosa Luxemburgo que la posición del partido, en La cuestión nacional, «como en cualquier otro asunto, debe diferenciarse, en cuanto a método y concepciones básicas, de la posición tanto de los partidos burgueses [y] pseudosocialistas». ¿Lo hace iu o el pce? ¿Acaso hay diferencia en "la cuestión nacional" entre eb–iu y el pnv?

Cuando el partido de Lenin, allá a principios de siglo, propuso solucionar el problema de la cuestión nacional en Rusia, programó para ello la abolición de las clases y la igualdad ciudadana, la construcción de escuelas públicas, un amplio autogobierno en zonas caracterizadas por condiciones de vida y composición demográfica especiales, …, &c. Sin embargo, lo que más asombró a Rosa Luxemburgo de aquella declaración programática es que todas aquellas reivindicaciones, asumibles desde la perspectiva del proyecto socialista, iban asociadas al reconocimiento del «derecho de las naciones a la autodeterminación», el cual, empero, se presentaba, como hogaño lo presenta iu, como independiente del proyecto socialista. Así, se declara defender tal derecho en todo momento, en todo lugar, y tenga los resultados que tenga, represente a las fuerzas políticas que sean, …, &c. Y como prueba evidentísima el derecho de autodeterminación ha sido reivindicado desde partidos que se reclaman del marxismo, como desde las organizaciones más reaccionarias.

Todos los defensores del denominado derecho de autodeterminación [dd.aa.] se dicen demócratas. Más aún, democracia y autodeterminación se identifican y se solapan, según parece que piensan los redactores del Documento Político Federal sobre Modelo de Estado de iu. Claro, que si esto es así, ¿quién hay más demócrata que eta, cuyas intenciones no son, ni mucho menos, obligar a los vascos a la independencia y construcción de un Estado vasco reunificado, sino lograr, a través de la acción militar contra la agresión imperialista hispano–gala, el reconocimiento del históricamente merecido derecho de los vascos a determinar, mediante referendo, su permanencia o secesión del Estado español y francés? ¿Acaso no ha repetido eta hasta la saciedad que admitiría el resultado de tal referendo fuese cual fuese? ¡Incluso contrario a la independencia! ¡Incluso los maketos (si Arzalluz y los más sabinianos del pnv tienen a bien) podrían seguir viviendo en Euskal Herria! ¡Hasta algunos (exceptuando funcionarios de la administración española y francesa) podrían votar! La cuestión, dice eta, eh–hb, pnv, ea, eb–iu, …, &c., y demás firmantes del Acuerdo de Estella, es que sea una decisión soberanamente democrática de los vascos (lo que de un modo eufemístico denominan «ámbito vasco de decisión»). El caso es que tan democrático parece el argumento de eta, que hasta parece racional. Sin embargo, lo preocupante, a nuestro entender, no es que eta y otros nacionalistas arguyan así, sino que desde iu y el pce también se haga lo mismo. Hasta tal punto que desde muchos sectores de la izquierda española parece que lo único ilegítimo en eta es el método, a saber, la violencia, y no el contenido, o sea, la autodeterminación, es decir, la soberanía.

  1. No hay democracia en abstracto
¿Por qué no es democrático el dd.aa.? Porque la soberanía nacional no se vota, es una cuestión de hecho previa al ejercicio de la democracia o cualquier otra forma de gobierno, al margen de su legitimidad. Entendemos que democracia es un concepto que necesariamente nos remite a los de mayoría y minoría. Mayoría y minoría, sin embargo, son términos sincategoremáticos, cosignificativos, o sea, que sólo tienen significado cuando se dicen junto con otros significativos. De este modo, el concepto de democracia carece de sentido si no se especifica de qué democracia hablamos, es decir, de qué mayoría o minoría estamos hablando.

La cuestión es, pues, que no existen mayorías en abstracto, sino respecto de un todo, lo que en democracia quiere decir que, no hay democracia en abstracto, es decir, sistema político que admite como legítimas las decisiones mayoritarias, sino respecto de un todo, a saber: el Estado. En definitiva, sólo hablamos con sentido de decisiones democráticas cuando definimos previamente (o sea, antes de la consulta electoral) el cuerpo electoral de referencia, y tal cuerpo electoral no es previo a su constitución histórica y a su definición jurídica. De otro modo, que no hay democracia en general, sino democracia española, francesa, italiana, …, &c. O democracia vasca, corsa, croata, …, &c., si es que tales territorios se constituyen en Estados soberanos (lo que probablemente sólo sea viable por la fuerza).

Si esto es así (y si no lo es que se arguya contra las premisas, no contra la conclusión), entonces, defender el secesionismo o, simplemente, el dd.aa. (por ejemplo, de la cc.aa. de Galicia) es estar en contra de la democracia. Al menos, cuando la democracia se entiende, desde una perspectiva materialista, como "democracia realmente existente". Por ejemplo, en nuestro caso, nos guste o no (y no nos gusta), la democracia de la Constitución de 1978. Que supone, además de la desgracia y rémora de la monarquía, que la soberanía nacional reside en el Pueblo Español, entendido éste como comunidad ciudadana y no como comunidad de raza y cultura. Y así se declara en el Título Prelimar, Artículo 1, Punto 2, que dice que «la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado». De esta declaración de soberanía se sigue precisa y necesariamente el Artículo 14, según el cual, «los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social». ¿Puede haber acaso mayor atentado contra el Artículo 14 que el dd.aa.? Decir, pues, que el independentista es demócrata, cuando sin embargo no reconoce la soberanía del cuerpo electoral, es concebir la democracia como institución política abstracta, ahistórica, como una suerte de disposición ante la vida caracterizada por el diálogo.
  1. La ciudadanía remite al Estado nacional
En las páginas 28 y 29 del Documento Político Federal sobre Modelo de Estado de iu podemos leer, sin el menor rubor y rigor que «el sujeto colectivo del ejercicio de ese derecho [dd.aa.] ha de ser el conjunto de la población residente de forma estable en el ámbito territorial de la Comunidad en la que esa demanda se solicite cuando así lo decida democráticamente y con independencia de sus diferencias de origen, lengua o etnia. El derecho de autodeterminación ha de corresponder a la ciudadanía, no a la nacionalidad y, por consiguiente, el sujeto del derecho no ha de restringirse ni a los Estados ni a determinados pueblos a los que se reservaría el calificativo de "naciones". Una Ley debería regular las condiciones del libre ejercicio de ese derecho, así como la concreción de las instancias y vías de solución de conflictos en función de la decisión adoptada finalmente, garantizando siempre el respeto al principio de la mayoría y a los derechos de las minorías en los distintos ámbitos». Posteriormente, en la página 60, se define el dd.aa. como un «derecho colectivo –o diferenciado de grupo– a decidir libremente un status político determinado que puede ser reclamado por colectividades o grupos nacionales sin Estado propio y en un ámbito territorial determinado en el cual poder ejercer su soberanía. […] La vía pacífica y democrática más adecuada para su ejercicio puede ser la convocatoria de un referéndum vinculante…».

El texto no tiene desperdicio, pero tampoco tiene por donde agarrarse. Comienza remitiendo el dd.aa. al "conjunto de la población residente de forma estable en el ámbito territorial de la Comunidad en la que esa demanda se solicite", según lo cual cualquier Comunidad de Vecinos que solicitase tal derecho debería obtenerlo, pues, como inmediatamente después se dice este derecho no corresponde a la "nacionalidad" y por tanto no se puede excluir de él a nadie por razones de "origen, lengua o etnia"; de este modo cualquier grupo rebelde contra el Estado podría reclamar el dd.aa., pues, ese derecho además no ha de restringirse ni a los Estados ni a determinados pueblos a los que se reservaría el calificativo de "naciones"; de lo que también puede seguirse, por ejemplo, que la comunidad nonacionalista residente de forma estable en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Vasca, o la comunidad hispanohablante residente en Cataluña, reclamase el dd.aa. y en su ejercicio se tomase partido por la unión con España. Posteriormente se pasa a definir el dd.aa. como un derecho colectivo, pero que ejerce un colectivo que se define por el ejercicio del derecho. Luego, se utiliza la expresión "naciones sin Estado", la cual es parecida a la expresión "triángulo sin lados", pues considera a la "estatalidad" como una cualidad que le puede faltar a la "nacionalidad", como si la "estatalidad" no fuese precisamente lo que da a una comunidad su condición política, o sea, lo que la distingue de una Comunidad de Vecinos. La "estatalidad" no es una cualidad que pueda faltar a la Nación y que empero deje su esencia inalterable, es que sin Estado no hay comunidad política, y por tanto, no hay Nación. Al menos, siempre y cuando interpretamos la Nación como una comunidad política y no como una comunidad racial o de origen común, pues, en tal caso estaríamos asumiendo que las diferencias raciales o de identidad han de tener expresión política.

No es un ejercicio de retórica. Vayamos por partes. El problema principal está en que el Documento de iu dice que "el ejercicio de ese derecho [de autodeterminación] corresponde a toda la ciudadanía del territorio afectado que voluntariamente participe en la decisión, evitando criterios excluyentes". Sin embargo, a poco esfuerzo que hagamos nos daremos cuenta de la falacia argumental, pues, los ciudadanos de los territorios para los que se reclama el dd.aa. no pueden ser definidos, como hace iu, como aquellos que "residentes de modo estable en el territorio", pues, la ciudadanía de tales sujetos afincados en los territorios referidos emana de la ciudadanía otorgada por el Estado nacional previamente constituido del que reciben su condición de ciudadanos. Pongamos un ejemplo europeo muy actual (¡qué lección de republicanismo jacobino dan los comunistas franceses a los españoles!): ¿quiénes son, por ejemplo, los corsos? Y no seamos tan ingenuos de contestar, con la argucia nacionalista, a saber: corsos son los que viven en Córcega, los famosos residentes estables del documento de iu. Porque el problema está en la misma Isla de Córcega, entre los mismos que viven, trabajan y residen de modo estable en Córcega, pues, entre ellos muchos no se reconocen como "corsos", si por ello se entiende un grupo nacional soberano distinto del francés, si con ello hay que cuestionar la unidad política y la soberanía de la República. El problema está, en Córcega, entre aquellos que, siendo corsos, viviendo, trabajando y residiendo de manera estable en Córcega no admiten otra clasificación que la de ciudadanos franceses residentes en Córcega.

En definitiva, no se participa de la ciudadanía, por ejemplo, francesa a través de la ciudadanía corsa (ni mucho menos de ninguna mitológica corseidad o franceseidad), sino de la ciudadanía corsa en la medida en que los corsos son ciudadanos de la República. De otro modo: corsos son los franceses que viven en Córcega. Por el contrario, se participa de la ciudadanía europea en la medida en que un individuo es ciudadano de alguno de los Estados miembros, lo que supone, pues, que la Soberanía se predica de tales Estados y no de la Unión. Suponer lo mismo en el citado caso corso (o vasco, o gallego), por ejemplo, es suponer lo que hay que demostrar: la existencia de un sujeto nacional–estatal soberano. Quienes argumentan así, razonan desde posiciones respetables acaso, pero, sin duda, idealistas e iusnaturalistas. En primer lugar, entienden las naciones como entidades intemporales, antropológicas, prehistóricas, idénticas a lo largo de los siglos a sí mismas. En segundo lugar, sus presupuestos explicativos, además de absurdos, son inútiles, pues derivar el dd.aa. de una entidad nacional que se define precisamente en función del ejercicio de ese dd.aa. es como explicar las virtudes sedantes del opio por la virtus domitiva. Sorprendente colectivo soberano aquel que se define por el ejercicio de la soberanía (del dd.aa.).
  1. Soberanía nacional, democracia e igualdad de derechos
La cuestión entonces es que, el proceso de constitución real del Estado soberano es previo al ejercicio de cualquier forma de gobierno, y entre ellas la democracia. Según esto, las teorías contractualistas son meras ficciones jurídicas, pues, el Estado nacional no se crea ex nihilo por la voluntad libremente determinada de individuos previamente atomizados, sino que parte ya de algún contenido histórico material –reinos, señoríos, comunidades lingüísticas, mercados, …, &c. De este modo, el Estado soberano no puede surgir de una "decisión democrática soberana" porque tal decisión ya supone un acto de soberanía política. Así, el llamado dd.aa., con el que se llenan la boca los independentistas, supone ya un ejercicio de soberanía, que es precisamente lo que se pretendía discutir al ejercer el dd.aa. (consultar a los habitantes de determinado territorio –los llamamos habitantes, pues, no pueden ser considerados ciudadanos sino por referencia al Estado– si se tienen a sí mismos por Nación soberana o no, pero, ocurre que por el mismo hecho de realizar la consulta estamos ya ante un ejercicio de soberanía nacional). El dd.aa. supone, entonces, un ejercicio de la soberanía nacional al margen de su resultado (secesionista o no) y sin embargo, es precisamente esta soberanía lo que se está cuestionando, y por parte de algunos de los mismos miembros del supuesto cuerpo electoral que pretende autodeterminarse, a no ser que esos individuos contrarios a la autodeterminación no sean considerados miembros de pleno derecho del cuerpo electoral (no sean verdaderos vascos, o verdaderos corsos, o verdaderos catalanes). Así pues, el pretendido dd.aa. pide el principio, presupone lo que ha de demostrar: No se puede decidir democráticamente la soberanía nacional porque el mero acto de decidir democráticamente supone un acto de soberanía nacional. Un referendo de autodeterminación es, pues, según lo dicho, un referendo muy poco democrático, pues, en él sólo hay una papeleta: la del sí a la soberanía, pues, votar "no" es votar "sí" a la soberanía.

Según lo dicho el Principio de Subsidiariedad y la Democracia Radical(1) predicados por iu, o al menos, por alguna de sus federaciones, entre las cuales, implícitamente al menos, está la gallega al reclamar el dd.aa., son absurdos, pues, cuestionan la Soberanía nacional previa necesaria para el ejercicio de la democracia (y la igualdad de derechos a ella asociada). El Principio de Subsidiariedad sólo tiene sentido en la medida en que es jurídicamente limitado, es decir, en la medida en que es una transferencia administrativa (y por tanto los resultados del ejercicio de esas transferencias sólo afectan a los ciudadanos habitantes de tal territorio) conferida por el Estado (por la totalidad del cuerpo electoral constituido) a una de sus partes.

La democracia, pues, no sirve para la construcción del sujeto nacional. La Nación, o sea, el Estado es previa a la democracia. La democracia permite, sin embargo, la negociación política dentro del marco del Estado nacional, y además, por definición, siempre de un modo provisional y ulteriormente rectificable. Dicho de otro modo, todo es negociable en democracia, menos la soberanía nacional, pues, la soberanía nacional emana de los ciudadanos, y de su igualdad de derechos, de tal modo que cuestionar la soberanía nacional es cuestionar la igualdad de derechos de los ciudadanos, y es precisamente sobre esta igualdad de derechos, es decir, sobre la soberanía nacional, sobre la que se configura la democracia. Así pues, todo es negociable en democracia, menos la igualdad de derechos. Y les guste o no a los independentistas, soberanía nacional e igualdad de derechos entre ciudadanos es lo mismo (puesto que sólo entre ciudadanos de un mismo Estado tiene sentido hablar de igualdad de derechos, pues, el derecho es, ante todo, algo que emana del Estado).

Por otro lado, supongamos un Estado democrático (y España no lo es menos que Gran Bretaña o cualquier otra monarquía europea, y si abstraemos la arcaica figura del Rey, no menos que la jacobina República francesa). Supuesto ese Estado, tal sistema democrático se basa en la igualdad de derechos de todos los ciudadanos habitantes en el territorio de ese Estado. Igualdad de derechos significa, por ejemplo, la igualdad jurídica a la hora de acceder a los cargos de concejal de un Ayuntamiento o de alcalde, a los de ministro de pesca o a los de presidente del gobierno, …, &c. Así, no consideraríamos democrático a un Estado que prohibiese el acceso a cargos públicos a ciudadanos por razón de su origen natal (de este modo, por ejemplo, no consideraríamos democrática una ley que impidiese a los ciudadanos franceses residentes en Córcega el acceso a la presidencia de la República, por la misma razón que no consideraríamos democrática una ley que impidiese el acceso a cargo público a los españoles musulmanes, a los españoles negros, o a los españoles gitanos).

Si recapitulamos entonces, decíamos que el sistema democrático se basa en la igualdad de derechos de todos los ciudadanos habitantes en el territorio de ese Estado. Y es evidente, pues, que esta igualdad jurídica significa igualdad en el ejercicio del voto, puesto que los resultados de la votación, al ser vinculantes, afectan por igual (errada o acertadamente) a todos los miembros del cuerpo electoral. Así, tampoco consideraríamos democrático a un Estado que, en materia de política económica, no diese derecho a voto a los habitantes de determinado territorio del Estado, considerando sin embargo vinculantes para todos ellos esas decisiones económicas. Sin embargo, el dd.aa. se basa en esta lógica absurda y antidemocrática, pues, pretende eliminar su derecho al voto a todos los ciudadanos no habitantes del territorio para el que se pretenden la autodeterminación (sólo los gallegos habríamos de decidir sobre la autodeterminación de Galicia, sin interferencia de los restantes españoles, es decir, con prohibición expresa del derecho al voto de los españoles no residentes de manera estable en Galicia), cuando sin embargo, el resultado de esa votación ha de ser vinculante para todos los ciudadanos del Estado. Imaginemos, por cierto, que dicho territorio supone, respecto del Estado del que se autodetermina, un altísimo porcentaje del pib de la economía nacional, pero que, sin embargo, supone un mínimo porcentaje de la población del Estado. La concesión del dd.aa. supondría privar a la mayoría de la ciudadanía del Estado de referencia la capacidad de ejercer su derecho al voto en un tema de vital importancia. ¡Justo el objetivo político del nacionalismo vasco y catalán! ¡¡Y con apoyo del nacionalismo gallego!! La situación, pues, que dibuja el dd.aa. es tan absurda como la siguiente: se trata de convencer a la ciudadanía española de que decisiones políticas que han de ser para ella vinculantes no pueden, sin embargo, contar de modo expreso con su participación política.

Democracia y dd.aa. son incompatibles, porque, para decirlo con Rousseau, la democracia requiere, según dice en El Contrato Social, «la enajenación total de cada asociado con todos sus derechos a toda la humanidad [hemos de entender, a todos los miembros del Estado, es decir, a todos los ciudadanos]; porque, en primer lugar, dándose cada uno por entero, la condición es la misma para todos, y siendo la condición igual para todos, nadie tiene interés en hacerla onerosa a los demás. Es más: cuando la enajenación se hace sin reservas, la unión llega a ser lo más perfecta posible y ningún asociado tiene nada que reclamar, porque si quedasen reservas en algunos derechos, los particulares, como no habría ningún superior común que pudiese fallar entre ellos y el público, siendo cada cual su propio juez en algún punto, pronto pretendería serlo en todos, y el estado de naturaleza subsistiría y la asociación advendría necesariamente tiránica o vana».

En conclusión (y de nuevo quisiéramos que fuesen criticadas las premisas, no las conclusiones), dado un Estado soberano, el único cuerpo electoral capacitado y legitimado, en todo caso, para conceder el dd.aa. a un grupo de ese Estado es la totalidad del cuerpo electoral de ese Estado. Así pues, carece de legitimidad alguna que Galicia se arrogue el dd.aa., o al menos, tiene la misma legitimidad que si se lo arroga La Coruña; es en todo caso España (su cuerpo electoral, del que forman parte los gallegos como ciudadanos iguales en derechos, es decir, como españoles) quien puede conceder el dd.aa. a Galicia. Sin embargo, la mera posibilidad de que el Estado nacional, sea cual sea, conceda a alguno de los territorios que lo componen el dd.aa. es simplemente un absurdo político. El dd.aa. es un suicidio político. La Soberanía, como sabía Rousseau, es inalienable e intransferible por razones ontológicas: su transferencia o alienabilidad supone la desaparición de esa Soberanía.
  1. La falacia descriptiva del Derecho de Autodeterminación
Plantear entonces que la solución a los problemas que plantean los independentistas sólo es posible de un modo democrático en una mesa sin exclusiones (de la que, sin embargo, se excluye de ella a todo ciudadano no empadronado en Ayuntamiento vasco) y entendiendo a su vez, que tal solución democrática pasa por el reconocimiento del dd.aa. a través de la realización de un referendo, nos lleva a una situación absurda. Una situación que sólo es admisible para quien cae en lo algunos lingüistas (como J.L. Austin) denominan falacia descriptiva, a saber, creer que todas las expresiones describen estados de cosas; lo que no es cierto, pues, existen expresiones, denominadas realizativas, cuya emisión en las circunstancias apropiadas no consiste en describir la acción que estamos realizando, sino en realizar esa acción (así, cuando digo "te prometo que…", no describo la promesa, la hago). Algo parecido ocurre con el dd.aa. Si este derecho se trata de poner en práctica mediante la realización de un referendo, es por que consideramos que la realización del referendo equivale, de alguna manera, a la expresión de una oración en la que se manifiesta la voluntad popular. Así, en el aciago referendo de la otan interpretamos su resultado como una sentencia en la que el Pueblo español decía «si queremos ingresar en la otan».

Cuando aplicamos el mismo análisis al referendo sobre el dd.aa., sucede lo siguiente: que el planteamiento mismo de la pregunta sobre la autodeterminación en el referendo, supone ya la misma realización de la autodeterminación, de modo que los que desean votar contra la autodeterminación, por el mero hecho de votar (lo que sea), ya la ejercen. Un referendo de autodeterminación es así, algo similar a una expresión como "yo prometo", es decir, una expresión que para nada es descriptiva de una situación de hecho o de una acción, sino que es la realización misma de la acción. Lo mismo ocurre con la autodeterminación por referendo: Éste no describe el deseo de un cuerpo electoral soberano de ejercer su soberanía, sino que realiza la soberanía.

Pero está bien que recordemos, para seguir con esta metáfora lingüística, que las expresiones realizativas, para ser válidas, han de cumplir una serie de condiciones: en primer lugar, para que una oración realizativa se cumpla, ha de haber un procedimiento convencional aceptado que tenga un cierto efecto convencional. Así, por ejemplo, si un grupo de individuos pertenecientes a un cuerpo electoral soberano (pensemos, por ejemplo, en algún sector del electorado español residente de forma estable en Galicia), tras realizar entre ellos unas votaciones (evidentemente, entre quienes cuestionan la soberanía del cuerpo electoral del que, de hecho, se escinden, al margen de que luego, en su voto, estén o no a favor de la independencia), profieren la siguiente oración: «nosotros, la Nación gallega, tenemos derecho a la soberanía», los efectos de tal oración no se cumplen, pues, no está siguiendo los procedimientos legales vigentes, que son los verdaderamente democráticos. Lo mismo ocurre con un sujeto con dni español cuando dice «yo no soy español», pues, tal oración, ni describe un estado de cosas, ni es realizativa.

Pero, sobre todo, existe otra importantísima condición que hay que cumplir: evitar lo que Austin denominó "obstrucción". Cuando alguien profiere la oración realizativa: «te apuesto x a que…», esta sólo cumple su objetivo (a saber: realizar una apuesta), cuando aquellos sujetos a los que se les hace el ofrecimiento contestan: «de acuerdo». Si alguien realiza una apuesta profiriendo una oración semejante, pero nadie accede al ofrecimiento, entonces, no hay apuesta. Y lo mismo, evidentemente, ocurre con los defensores del derecho a un referendo de autodeterminación. No basta con decir: «votemos la autodeterminación». Además es necesario que se acepte la oferta. Y del mismo modo que los que no son tahúres no participan en apuestas aunque les sea ofrecida la posibilidad: ¿quién dijo que los que no cuestionan la soberanía nacional de España vayan a participar en un referendo de autodeterminación aunque se les ofrezca la posibilidad? ¿Acaso el Pacto de Estalla no ofrece ya esa posibilidad? ¿Acaso no reniegan de ella los partidos que representan aproximadamente al 50% de la población residente de manera estable en la cc.aa. vasca (por no hablar ya de Navarra)? ¿Por qué van a renunciar al cuerpo electoral soberano en el que se sienten protegidos e iguales en derechos? El problema de la autodeterminación es el mismo que el de la apuesta, y el problema de la apuesta es el problema de Estella. Hay quien reniega. El problema, pues, es que no hay mucha diferencia entre «votemos la autodeterminación» y «te ordeno que votes la autodeterminación». Sea como sea, el objetivo político de los nacionalistas se realiza si se accede. El problema de plantear la realización de un referendo de autodeterminación es que es bastante probable que las pretensiones perlocucionarias (2) de su resultado no se logren (que ordenemos a alguien cerrar la puerta, no quiere decir que vaya a cerrarla, del mismo modo que ofrecer a alguien participar en un referendo de autodeterminación no implica que vaya a hacerlo).
  1. La Nación política es el Estado nacional
Concluyendo, pues, en vista de lo sostenido en los puntos precedentes vemos que fuera del Estado nacional, o sea, fuera de la Nación entendida como comunidad política de ciudadanos, no hay posibilidad de igualdad social y ciudadana. El concepto de Nación, en su acepción política y no étnica, racial o lingüística, cristaliza en la época moderna en el contexto de constitución de los Estados sucesores del Antiguo Régimen. La irrupción histórica de la Nación demolió la estructura y legitimidad del Antiguo Régimen asentado sobre un modelo estamental y construyó uno nuevo basado en la categoría política de "ciudadano". Sin embargo, frente a esta concepción política, cívica y jacobina de construir la Nación se alzan otras dos formas, justo las que se presentan implícitamente empotradas, a golpe de consenso, en nuestra actual constitución: la concepción liberal, para la cual la comunidad política no es más que un mero ordenamiento jurídico que facilita las transacciones comerciales; y la concepción étnica, la de las "nacionalidades históricas", en la que la Nación es una comunidad natural de origen que pide y reclama expresión política.

El concepto de Nación política va ligado, indisociablemente, tanto al concepto de Estado como al de ciudadano, y por tanto es el único marco político viable para la democracia ciudadana. El concepto de Nación es, en primer lugar, un concepto europeo reciente y contemporáneo que hemos de ir a buscar con claridad a la Revolución francesa. Fuera de ese contexto carece de cualquier acepción política. Hablar, pues, de la Nación como una entidad previa a su configuración histórica, es decir, como una entidad política previa al siglo xviii es sencillamente un despropósito. La Nación no es una entidad natural idéntica a sí misma en raza, lengua y cultura desde el origen de los tiempos: la Nación, salvo delirios mitológicos racistas, la construye el Estado. Con gran razón afirmaba Ortega que «la homogeneidad relativa de raza y de lengua que disfrutan [las Naciones] es el resultado de su previa unificación política. Por consiguiente, ni la sangre ni el idioma hacen el Estado nacional; al contrario, es el Estado nacional el que nivela las diferencias originales de los glóbulos rojos y los sonidos articulados».

La igualdad ciudadana que ofrece la concepción de la Nación como comunidad política, es la única posibilidad de aceptar el juego democrático de mayorías y minorías. Sólo en tanto tengo la certeza de ser miembro incuestionable e inalienable del cuerpo electoral y jurídico del Estado nacional, admito, asumo y obedezco proyectos políticos que personalmente considero erróneos.

Esta concepción política de la Nación, contiene además un marcado e inequívoco signo universalista (tan importante para los que, con sinceridad, se reclaman del marxismo), pues, lejos de fundamentarse en contenidos étnicos o raciales, tiene como fundamento la asunción racional de la condición política de ciudadano. Esta concepción política de la Nación es la que nos ofrece la posibilidad de entender al ciudadano español no por su raza, su Rh o su religión, sino por su adhesión y pertenencia a una comunidad histórica de derechos y deberes. Un español es un ciudadano español, ni más ni menos. Esta concepción republicana y jacobina de la Nación es, en la actualidad, la única defensa de que dispone la izquierda republicana para no ser arrollada por el nacionalismo racista y totalitario (por más que éste se camufle con imaginería de izquierdas).

La Nación requiere sin duda de una homogeneización, pero política: la extensión de los mismos derechos y deberes a todos los ciudadanos. Sólo cuando se diferencia entre política y cultura, religión o raza, se pueden evitar la injusticia y las desigualdades. Asumir desde posiciones de izquierda la expresión política de diferencias raciales, religiosas, o culturales (respetables, defendibles y asumibles en el contexto de la vida privada) es el primer paso para el suicidio de la izquierda.
  1. El resurgir del etnonacionalismo en el contexto de la Unión Europea
La globalización o mundialización comenzó hace mucho tiempo y para nada suponen una superación inmediata a corto plazo del marco político del Estado nacional. Supone tan sólo la crisis de los Estados nacionales políticamente endebles como la España actual. Y junto a esta crisis el nacionalismo étnico resurge conforme se afianzan las políticas más liberales de la Unión Europea. Y las políticas de la Unión se caracterizan, entre otras cosas, por la debilitación de la soberanía nacional y la reducción de la capacidad de intervención política de los Estados sobre la economía. En primer lugar recordemos que la Unión carece de un verdadero Presupuesto que ofrezca apoyo a los países más atrasados y los compense por su desprotección. A ello sumemos que la entrada española en la ue supuso, para el sector industrial, una reducción de los derechos arancelarios y restricciones cuantitativas aplicados a los países de la ue, además de la aplicación de la tec, y, sin embargo, aunque la Unión hizo lo mismo, pese a la simetría formal de las concesiones, España salió perdiendo; en materia agrícola, los intereses agrarios de los Estados miembros quedaron salvaguardados en detrimento de los españoles, pues, el librecambismo nunca se aplicó al campo; en el sector exterior, la ue incrementó el déficit comercial español, al aumentar el número de importaciones, aunque ofreció a ciertas burguesías periféricas todo un gran mercado libre de trabas arancelarias y con niveles de renta muy superiores a los españoles. Además, la falta de hecho de homogeneización fiscal ha colocado a las empresas en situaciones competitivas desiguales, en la medida en que el grado de presión fiscal difiere según las posibilidades de cada país. Lo que ha traído consigo que muchas de estas burguesías periféricas se hayan planteado la posibilidad de llevar a cabo políticas fiscales propias, para su beneficio, en sus "nacionalidades históricas".

El resultado del proyecto europeo ha sido la concentración de la producción, el desmantelamiento industrial y agrícola de las regiones menos competitivas y el aumento de las desigualdades existentes entre los diferentes Estados. También ha originado conflictos entre los trabajadores de los distintos países y enfrentado sus intereses. Pero, sobre todo, traemos todo esto a colación, porque ha generado los mismos problemas en el interior de cada uno de los países, enfrentando a sus trabajadores, fomentando el nacionalismo, y haciendo impracticables las políticas socialistas de redistribución de las rentas entre clases y territorios. El proyecto europeo ha beneficiado a Alemania y a pocos más, pues, para países como España el ataque contra los salarios y el desmantelamiento de la cobertura social es la única forma que tienen los gobiernos para corregir la balanza comercial y aumentar su competitividad (una competitividad ficticia, pues, no se sostiene sobre un aumento de la productividad, sino de la explotación del trabajo).

En los Estados nacionales existe un mercado único en el que no existen obstáculos para la circulación de mercancías, personas y capitales. Sin embargo, la ue también supone un mercado único, pero sin ciertos atributos fundamentales del mercado nacional. En primer lugar, en los Estados nacionales los impuestos, cargas sociales, …, &c., se distribuyen idénticamente en todo el territorio nacional o siguiendo en todo caso criterios políticos que permitan una mejor distribución social y territorial de las cargas fiscales. De cualquier manera, estas decisiones competen a los gobiernos nacionales, los cuales son democráticamente elegidos. Sin embargo, en la ue los impuestos, cargas sociales, …, &c., son diferentes según el país y por más que se insista o se pretenda no se logrará una homogeneización fiscal (pues, los intereses políticos y económicos no son homogéneos).

En segundo lugar, los Estados nacionales fomentan (o al menos hacen viable esta posibilidad política) la integración social por medio de una seguridad social unificada, idéntico seguro de desempleo para todo la Nación, …, &c. Sin embargo, en la ue existe una falta absoluta de políticas de integración social, pues, éstas dependen de la voluntad política de cada uno de los gobiernos nacionales, pero sobre todo y fundamentalmente, de sus posibilidades económicas. Así pues, no existe, ni existirá, una seguridad social común, pues, no existe, ni existirá, un presupuesto común, ni una fiscalidad común, y así cada Estado dispondrá de su propio presupuesto que provendrá de su propia riqueza. Y no lo va a haber porque la soberanía nacional, y por tanto fiscal, reside en cada uno de los Estados miembros. Y evidentemente, ninguno de ellos va a reducir sus posibilidades económicas para mejorar las de los restantes Estados. La soberanía fiscal y política impide, pues, la solidaridad económica entre los Estados. Y si esto es, de hecho, lo que ocurre en la ue, ¿no es contradictorio que iu solicite en su Documento sobre Modelo de Estado que «el carácter originario del poder tributario propio de los Estados [refiriéndose a las cc.aa.] ha de venir fundado en la Constitución [federal]»? ¿No parte su proyecto de imágenes ideales y utópicas de cómo desea el mundo y no de cómo es en realidad el mundo y que proyectos políticos socialistas se plantean viables? ¿Basta con predicar como principio económico fundamental de la nueva constitución federal propugnada para España «mayor aportación a mayor riqueza»? ¿No recuerdan demasiado los principios económicos bienintencionados de la proyectada constitución federal española a muchos de los principios sociales recogidos en documentos europeos? ¿Qué importancia tienen en el Documento Político de iu las condiciones materiales que hagan viable esa solidaridad? ¿Cómo obligar a la solidaridad territorial cuando las entidades federadas son soberanas? ¿Acaso confiando en la buena voluntad? Y, sin embargo, si iu es capaz de desenmascarar a los agentes que actúan tras las políticas económicas de la ue, ¿por qué es incapaz de desenmascarar el secesionismo burgués del nacionalismo catalán y vasco?

En los Estados nacionales el Estado distribuye las rentas entre los ciudadanos y las clases. Sin embargo, en la ue no existe ninguna entidad encargada de la distribución de las rentas entre los ciudadanos de las diferentes naciones, ni sería admitida por los países miembros más ricos y más beneficiados por el mercado común. ¿Por qué iban los trabajadores alemanes a admitir una reducción en su nivel de consumo para sostener el de los españoles? A no ser que se presuponga incuestionable el internacionalismo proletario. Sin embargo, tal doctrina es la que hay que demostrar y no la que hay que presuponer. Y conste, que nadie discute la bondad intrínseca del internacionalismo proletario. Lo que se discute es su viabilidad política y si no hay pruebas históricas más que concluyentes que nos aseguren su fracaso.

El Estado nacional distribuye la renta nacional entre las distintas regiones del país según criterios geográficos, de necesidad, de interés nacional, …, &c., no dependiendo los gastos de una región (dentro del Estado) de los ingresos obtenidos en la misma. En definitiva: El Estado nacional tiene capacidad para distribuir la renta nacional según los criterios políticos que estime oportunos. Sin embargo, en la ue no existe ninguna entidad encargada de la distribución de las rentas (de la Unión) entre los distintos Estados. De este modo, el presupuesto que maneja cada país integrante depende de los ingresos obtenidos en el mismo. Así, no se tiene en cuenta las diferencias de productividad, tecnologías, recursos naturales, …, &c. Y justo lo mismo quieren para el Estado los independentistas o nacionalistas catalanes y vascos (con el delirante apoyo del nacionalismo gallego): Una absorción absoluta de las rentas generadas en sus reinos de taifas y el desentendimiento, también absoluto, en el sostenimiento de las regiones más pobres de la Nación. ¿Acaso no es este el proyecto político y económico de erc, ciu, ic, e incluso el del psc de Maragall? ¿No es este el de eta, eh–hb, pnv y ea? Y si la denominada izquierda independentista (catalanista, vasquista, …, &c.) reniega claramente del sostenimiento de las regiones más pobres de España: ¿por qué esperamos otra cosa de la izquierda, por ejemplo, alemana?

En ausencia de una política presupuestaria común y de una legislación laboral común, los países de la ue son compartimentos estancos en los que se consolidan las diferencias de riqueza. Los más atrasados y menos competitivos se perpetuarán en tal situación porque la competencia corroerá el tejido productivo e industrial de las naciones más débiles en beneficio de las más poderosas. Este es el objetivo para España de buena parte de los independentistas: deshacerse de la carga económica que supone el sostenimiento de los derechos de los ciudadanos españoles de las regiones más pobres.

En conclusión, y teniendo en cuenta este contexto europeo, el etnonacionalismo periférico no representa otra cosa que la asunción absoluta de las políticas más ultraliberales. Desaparecido el mercado nacional protegido, la moneda nacional propia que permitía mejorar la competitividad internacional a costa de devaluaciones y no de reducciones salariales, el nacionalismo étnico (se diga de izquierdas, centro o derecha) no tiene otro objetivo más que liberarse de las cargas fiscales que supone el sostenimiento de las regiones pobres de España (que ya no puede ofrecer su protección contra la competencia internacional europea y no depende de ella la protección contra la extra–europea), salvar en la medida de lo posible el Estado de Bienestar en sus pequeños protectorados étnicos y recibir a cambio de la Unión la posibilidad de comerciar en un mercado desregulado ultracompetitivo con un nivel de renta superior al español. Como corolario, pues, parece obvio que para cualquier organización de izquierdas que entienda la Nación como una comunidad ciudadana y que tenga como marco de referencia para el desarrollo de sus políticas socialistas el Estado, el nacionalismo secesionistas es el enemigo y el dd.aa. su coartada política. Tener a España como referencia para una política socialista y asumir y admitir el dd.aa., es simplemente absurdo y contradictorio, solamente asumible desde la perspectiva de quien cree vivir en el mejor de los mundos posibles en el que la política no es una cuestión de cálculo de intereses materiales, sino de buena voluntad.
  1. ¿Qué es la Nación?, si no es el Estado nacional
Finalmente, el problema del ejercicio del dd.aa. es saber ¿cómo se determina qué es la Nación y hasta dónde llega cuando no se identifica con el Estado nacional? ¿Es un hecho empírico o, al fin y al cabo, un proyecto político, y por ello, una ideología? La confusión democrática del dd.aa. reside en que, a través de él, los nacionalistas hacen pasar lo que no es más que un proyecto político particular, por un derecho inalienable de todos los individuos de una comunidad definida por ellos mismos. La autodeterminación, es decir, la soberanía y con ella la secesión, no es un derecho del pueblo vasco, catalán o segoviano, sino el proyecto político de los nacionalistas vascos, catalanes o segovianos (es decir, un grupo político, ideológico y social, que representa, no a la Nación, sino exclusivamente a sus votantes e intereses particulares). Y un proyecto político contrario a la igualdad de derechos entre ciudadanos del Estado. Otra cosa es que el discurso político de los nacionalistas se arrogue el derecho de representación en exclusividad de las esencias nacionales. Esencias de las que, por cierto, no hemos de olvidar, son ellos quienes ponen los criterios de pertenencia nacional.

Además, si rechazamos la acepción reaccionaria de Nación como comunidad etnolingüística, ¿qué son las naciones, más que pura ideología, si no se identifican con el Estado nacional? ¿En dónde reside su objetividad? (pues, la objetividad del Estado es perfectamente cognoscible). Tal y como hablan los nacionalistas de "sus" naciones, cualquiera diría que se trata de entidades empíricamente identificables y no de conceptos ideológicos borrosos y difícilmente definibles. Y así, es curioso ver como el nacionalista vasco habla de Euskal Herria como si se tratase de una entidad ontológicamente análoga a una galaxia de la que pudiera hablar un astrónomo. O como el nacionalista gallego habla de A Galiza Irredenta como si hablase un biólogo sobre alguna extraña especie animal en peligro de desaparición. Y, sin embargo, el caso es que, mientras que se pueden determinar empíricamente (luego, jurídicamente) los límites del Estado, ¿cuáles son los de la Nación? Hablando claro: qué sea una Nación, ¿depende de la ideología o es una evidencia científica irrefutable? ¿Es irrefutable que Galicia, Asturias, Cataluña, …, &c., son naciones o esto depende de que uno sea nacionalista?

Porque, a todo esto, ¿acaso los nacionalistas son superdotados que perciben con claridad y distinción los rasgos nacionales, por ejemplo, de Galicia y los no–nacionalistas individuos con las facultades cognoscitivas perturbadas, o simplemente, sujetos alienados por los siglos de opresión colonial española, individuos que requieren la ulterior iluminación liberadora de los susodichos nacionalistas conocedores de las auténticas raíces gallegas? El vasco, por ejemplo, votante del pp o del psoe, que no crea que el País Vasco es una Nación, ¿qué es? Un enfermo mental, un fascista o un ignorante desconocedor de las evidentes esencias nacionales de Euskal Herria, o simplemente no es capaz de comprender esta luminosa verdad porque es un maketo contagiado por el españolismo franquista y carente del tan preciado políticamente Rh–.

Si renegamos de una acepción étnica y racial de la Nación, ¿por qué, por ejemplo, el País Vasco es una Nación y Álava no? ¿Por que las Galicia es una Nación y la Provincia de La Coruña no, pues, al fin y al cabo, sólo tendría que reclamar su dd.aa.? Insisto, si renegamos de una acepción etnolingüística y reaccionaria de la Nación. Porque asumiendo criterios etnolingüísticos y raciales la solución se obtiene fácilmente (releamos al fundador del pnv).

Y para que no parezca que esto es no más que un ejercicio retórico y diletante apartado de la realidad, plateémoslo con el recuerdo malhadado del caso yugoslavo: ¿Por qué Croacia es Nación y no la Krajina servia? Si los croatas se independizaron de Yugoslavia porque la mayoría de su población así lo deseaba, ¿la Krajina servia no tenía los mismos derechos a ingresar en Yugoslavia si la mayoría de la población así lo deseaba? ¿No consiste en esto el tan democrático dd.aa.? ¿Al fin y al cabo el dd.aa. no consiste en dejar de tomar como conciudadanos iguales en derechos a los que antes lo eran? Si el País Vasco pueden independizarse de España porque la mayoría de su población así lo desea, ¿Álava no tendría los mismos derechos a reintegrarse en la Nación española (o sea, en el Estado español) si la mayoría de la población así lo desea? Si se puede cuestionar la integridad política y territorial de España, ¿por qué no la de cualquier otro territorio? Si el País Vasco puede independizarse de España porque la mayoría de su población (aunque el problema es saber quién es su población) así lo desea, ¿no podemos decir lo mismo de San Sebastián? ¿No podemos decir lo mismo de todos los Ayuntamientos donde haya una mayoría no–nacionalista?

Lo planteo de otro modo: ¿hasta dónde llega el dd.aa.? ¿Cómo determinar al grupo al que corresponde tal derecho cuando lo que se cuestiona es la existencia y naturaleza de tal grupo? ¿Cómo determinar el sujeto de la autodeterminación cuando lo que se cuestiona es la existencia de tal sujeto? A no ser que se dé por supuesto que tal sujeto existe, y que tiene, por ello, derecho a la soberanía. Pero, entonces, volvemos al principio, ¿la existencia de tal sujeto, es empírica (y de nuevo, los que no nos damos cuenta de ella somos imbéciles, o descastados, o maketos, o colonizadillos) o es pura ideología (reaccionaria, por cierto) y por tanto inasumible por la izquierda republicana?
  1. Por un viraje profundo en la política de IU en la cuestión nacional

De acuerdo con esto, la política de Izquierda Unida en torno a la cuestión nacional no puede tener como misión profundizar en las diferencias sociales o territoriales. Al contrario, su misión política tiene que ser la de favorecer el marco político nacional que mejor ayude a promover la igualdad de oportunidades de los ciudadanos y la integración de la comunidad nacional.

El papel del Estado es corregir, en el marco de la comunidad política nacional española, los desequilibrios económicos territoriales, con una política de planificación, con una política fiscal adecuada, con una política de industrialización, …, &c. La misión política de iu ha de ser la de garantizar el marco político nacional que mejor permita asegurar la igualdad de derechos entre un ciudadano nacido, por ejemplo, en una región rural desposeída y un ciudadano nacido en una región urbana favorecida. Sin esa regulación, los pobres se empobrecen y los ricos se enriquecen y la Nación, como comunidad política, se descoyunta, se descompone y desvanece, abriendo paso con ello a proyectos políticos que pretenderán fundar la Nación sobre el origen común racial. Por ello, esta concepción política de la Nación desemboca consecuente en una alternativa socialista. Del mismo modo que, consecuentemente, el nacionalismo étnico desemboca en el fascismo nacionalsocialista.

Y ¿cómo poner en práctica esa política socialista cuando, por otro lado, se asume el dd.aa. y con él la posibilidad de la secesión? La soberanía fiscal que reivindican los nacionalistas e independentistas y que asume iu (no olvidemos que objetivamente contra los intereses de los trabajadores de otras regiones de España más pobres) impide, de hecho, la posibilidad de poner en práctica políticas económicas socialistas y redistributivas. Pues, la soberanía fiscal supone, de algún modo, la posibilidad de veto. Si el objetivo del Estado es distribuir las riquezas entre las clases sociales, no como un acto de solidaridad interclasista, sino, como resultado de la condición social del trabajo, ¿qué partido de izquierdas medianamente razonable admitiría la posibilidad de "soberanía fiscal" para determinado grupo de ciudadanos? No es precisamente la obligatoriedad, la exigencia, la sujeción, la que asegura la posibilidad de redistribución de la riqueza. ¿Y no ocurre lo mismo cuando trasladamos el razonamiento desde las clases sociales hasta los territorios? Pues, la riqueza generada en los territorios no es "propia", no es catalana, ni vasca, ni extremeña, sino producto de la colaboración social, del mercado unificado, y del presupuesto general del Estado, de la colaboración en el trabajo de todos los ciudadanos españoles, de la historia común de España.

Demandamos, pues, a Izquierda Unida Federal, a sus federaciones y muy especialmente a la federación gallega de iu el abandono absoluto e incondicional de la línea filonacionalista y filosecesionista que ha caracterizado nuestra política en torno a la cuestión nacional de España, lo que supone, por de pronto, la eliminación de toda expresión que utilicen el término "nacional" para referirse a las cc.aa., los órganos de dirección de iu en las cc.aa., …, &c.; en segundo lugar, la oficialidad de la lengua española (lengua común de los ciudadanos españoles) junto con las otras lenguas regionales. Solicitamos también su renuncia clara y rotunda de la concepción identitaria u étnica de la Nación que implícitamente ha venido hasta ahora sosteniendo al asumir el dd.aa. Reclamamos a iu que asuma como imprescindible para la práctica de un verdadera política socialista la defensa de la unidad política y de la soberanía nacional de España. Reclamamos a iu que todas las fuerzas que ha desperdiciado en legitimar políticamente a los nacionalistas sean recuperadas en una reivindicación republicana absolutamente abandonada.

Despreciaba especialmente Engels a los agnósticos por no ser más que "ateos vergonzantes". ¿Qué son los que cuestionan la soberanía nacional de España y defienden la autodeterminación más que "independentistas vergonzantes"?











Adrián Fernández Martín
Secretario de Organización
de Izquierda Unida de La Coruña



1)«Consideramos que el pleno respeto a la soberanía nacional de los pueblos, el derecho a decidir su futuro, es decir, la democracia radical y participativa (incluyendo el principio de subsidiariedad según el cual todas las decisiones se toman en el ámbito más cercano posible a las personas afectadas), debe ser la base de un nuevo orden mundial más justo y solidario. La cuestión nacional sólo se podrá resolver plena y satisfactoriamente con la profundización de la democracia». Esquerra Unida i Alternativa.
2) El efecto perlocucionario de un enunciado es su acción sobre las creencias, actitudes o conducta del destinatario.


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