sábado, 10 de marzo de 2018

¿Qué es el neoliberalismo?

Se exponen los principios del neoliberalismo,
desde Stuart Mill hasta John Rawls
Es menester no confundir liberalismo con neoliberalismo. El neoliberalismo es un liberalismo heterodoxo, desgajado del tronco principal de la ideología burguesa del que procede, el liberalismo. Este liberalismo que es el neoliberalismo es propio del Estado de bienestar, oponiéndose al liberalismo clásico contemporáneo y forma parte de los tres pilares del Estado del Bienestar implantado en los países capitalistas más desarrollados después de 1945. Estos tres pilares son: la democracia cristiana, la socialdemocracia y el neoliberalismo. En el fondo, tras 1945 se produce un proceso de convergencia ideológica de los tres movimientos citados y de alianza en torno al Estado social. El neoliberalismo se caracteriza por ser un liberalismo social, con preocupaciones sociales. Por ello admite el intervencionismo estatal y una cierta redistribución del excedente social con el fin de limar asperezas sociales y de evitar tensiones que podrían llevar al traste al capitalismo monopolista tardío. El liberalismo sostiene una teoría del Estado mínimo y un culto obsesivo al mercado libre y sus virtudes supuestamente benéficas. El neoliberal corrige tal fe ciega con la construcción de un Estado social o Estado de Bienestar y con la intervención estatal para impulsar el desarrollo económico y para corregir las inevitables disfunciones que el mercado ocasiona. Busca conseguir el inexistente equilibrio del mercado liberal mediante intervenciones ad hoc que en última instancia demuestran ser extrínsecas al sistema del mercado o intervenciones integradas en una planificación que también son externas al mercado aunque resulten intencionalmente dirigidas a mejorarlo y perfeccionarlo.
El primer neoliberal (John Stuart Mill) es un epígono de la escuela liberal clásica según afirmación de Von Mises, epígono que, preocupado por la libertad, toma conciencia de la necesidad de fomentar mecanismos de libertad positivos, trascendiendo así el marco negativo de libertad del liberalismo clásico. El Estado no es un mero garante externo de la libertad negativa de los individuos. Es un impulsor positivo, fomentador del ejercicio real y efectivo de la libertad. El Estado deberá así intervenir en la economía para garantizar el pleno ejercicio de la libertad por parte de los más desfavorecidos por el mercado libre. Es el caso de Keynes o de John Rawls.
John Stuart Mill (1806-1873) es el precursor del neoliberalismo de John Rawls. Introduce nuevos elementos en la tradición liberal inglesa, exigiendo del Estado un control de las condiciones generales de la economía al tiempo que aboga por un fomento de la individualidad de los ciudadanos. Es el liberalismo social de después de 1945 anticipado en el siglo XIX. Como buen liberal lo que hace es «afirmar un sencillo principio destinado a regir absolutamente las relaciones de la sociedad con el individuo en lo que tengan de compulsión o control, ya sean los medios empleados la fuerza física en forma de penalidades legales o la coacción moral de la opinión pública. Este principio consiste en afirmar que el único fin por el cual es justificable que la humanidad individual o colectivamente, se entrometa en la libertad de acción de uno cualquiera de sus miembros, es la propia protección», On liberty, pág. 65 de la traducción española en Alianza Editorial, LB 273.
Es evidente la cantidad de liberalismo que está presente en estas formulaciones. El neoliberalismo a fuer de liberal, tiene inevitablemente que compartir ciertos principios con el liberalismo como la libertad personal, la propiedad privada. El individuo para el neoliberalismo es autoposesivo: «Que la única finalidad por la cual el poder puede, con pleno derecho, ser ejercido sobre un miembro de una comunidad civilizada contra su voluntad, es evitar que perjudique a los demás. Su propio bien, físico o moral, no es justificación suficiente. Nadie puede ser obligado justificadamente a realizar o no realizar determinados actos, porque eso fuera mejor para él, porque le haría ser feliz, porque, en opinión de los demás, hacer lo sería más acertado o más justo. Estas son buenas razones para discutir, razonar y persuadirle, pero no para obligarle o causarle algún perjuicio si obra de manera diferente. Para justificar esto sería preciso pensar que la conducta de la que se trata de disuadirle producía un perjuicio a algún otro. La única parte de la conducta de cada uno por la que él es responsable ante la sociedad es la que se refiere a los demás. En la parte que le concierne meramente a él, su independencia es, de derecho, absoluta. Sobre sí mismo, sobre su propio cuerpo y espíritu, el individuo es soberano», págs. 65-66.
El neoliberal es pragmatista, utilitarista, pero moderada por un eudemonismo que busca la felicidad de todos y ayudar a subsanar las desigualdades lesivas para la felicidad. Ahí es precisamente en donde se separa Stuart Mill de Bentham: «Considero la utilidad como la suprema apelación en las cuestiones éticas; pero la utilidad, en su más amplio sentido, fundada en los intereses permanentes del hombre como un ser progresivo.», pág. 67.
El neoliberal ama la libertad individual y busca que el Estado la garantice y la fomente, protegiendo la libre autorrealización personal de cada sujeto: «La única libertad que merece este nombre es la de buscar nuestro propio bien, por nuestro camino propio, en tanto no privemos a los demás del suyo o les impidamos esforzarse por conseguirlo. Cada uno es el guardián natural de su propia salud, sea física, mental o espiritual. La humanidad sale más gananciosa consintiendo a cada cual vivir a su manera que obligándole a vivir a la manera de los demás», pág. 69.
Respecto a la relación entre individuo y sociedad, el neoliberalismo es igual o más radical que el liberalismo clásico. Postula una tolerancia ilimitada a cada individuo en su esfera privada: «Las máximas son: primera, que el individuo no debe cuentas a la sociedad por sus actos, en cuanto éstos no se refieren a los intereses de ninguna otra persona, sino a él mismo. El consejo, la instrucción, la persuasión, el aislamiento, si los demás lo consideran necesario para su propio bien, son las únicas medidas por las cuales puede la sociedad, justificadamente, expresar el disgusto o la desaprobación de su conducta. Segunda, que de los actos perjudiciales para los intereses de los demás es responsable el individuo, el cual puede ser sometido a un castigo legal o social, si la sociedad es de opinión que uno u otro es necesario para su protección», págs. 179-180.
Pero el más brillante ideólogo del neoliberalismo es John Rawls, el cual, a decir de John Gray (1986) Liberalismo (Madrid 1994), aporta un enfoque fundamentador contractualista para la ideología liberal: «El enfoque contractualista, que se encuentra en su forma más plausible y sólida en el trabajo de John Rawls, aparta el rudimentario colectivismo moral de Mill, y abandona la preocupación por el fomento del bienestar general. El enfoque contractualista de Rawls es auténticamente individualista, en una forma en que la ética utilitaria de Mill no puede serlo, ya que confiere al individuo en la posición original un veto en contra de políticas que maximizarían el bienestar general a costa de limitar la libertad y dañar los intereses de algunos», pág. 88. Rawls es el autor de Teoría de la justicia (1971) obra en la que organiza una ingeniosa especulación metafísico-académica de dudoso valor teórico para legitimar el Estado del Bienestar.
Rawls trata de «generalizar y llevar la teoría tradicional del contrato representada por Locke, Rousseau y Kant, a un nivel más elevado de abstracción», op. cit. (FCE 1993), pág. 10.
La justicia se refiere a la estructura social. Es justicia social: «Para nosotros, el objeto primario de la justicia es la estructura básica de la sociedad o, más exactamente, el modo en que las instituciones sociales más importantes distribuyen los derechos y deberes fundamentales y determinan la división de las ventajas provenientes de la cooperación social», op. cit., pág. 23.
La justicia es una norma axiológica, deóntica que sirve para evaluar si una sociedad es justa o no sobre todo, en sus aspectos distributivos. Como él mismo dice, acerca de su teoría, «una concepción de la justicia social ha de ser considerada como aquella que proporciona, en primera instancia, una pauta con la cual evaluar los aspectos distributivos de la estructura básica de la sociedad», op. cit., pág. 26.
Rawls inventa una situación originaria en la cual los individuos son racionales todos por igual y carecen de intereses: «Un rasgo de la justicia como imparcialidad es el pensar que los miembros del grupo en la situación inicial son racionales y mutuamente desinteresados», op. cit., pág. 31.
A continuación inventa Rawls dos principios: 1) Todos eligen la igualdad formal de derechos y deberes. Una igualdad jurídica, burguesa. Aquí se advierte la filiación liberal de la postura de Rawls puesto que no se pide la igualdad económica; 2) El segundo principio confirma lo dicho: se admite la desigualdad económica siempre que «beneficie» a «todos». Esto sólo se entiende desde un enfoque utilitarista liberal: «Sostendré que las personas en la situación inicial escogerían dos principios bastante diferentes: el primero exige igualdad en la repartición de derechos y deberes básicos, mientras que el segundo mantiene que las desigualdades de riqueza y autoridad sólo son justas si producen beneficios compensadores para todos y, en particular, para los miembros menos aventajados de la sociedad», op. cit., pág. 32. El hombre racional de Rawls es un empresario o un obrero consumidor satisfecho socialdemócrata típico del Estado del Bienestar. Lo más natural del mundo es la distribución desigual de las riquezas y ello no constituye injusticia alguna: «no hay injusticia en que unos pocos obtengan beneficios con tal de que con ello se mejore la situación de las personas menos afortunadas», op. cit., pág. 32.
La justicia no es igualdad, sino imparcialidad. La igualdad sólo es formal. La libertad ha de ser igual para todos. La igualdad es algo secundario con respecto a la libertad. En Rawls, en caso de contradicción del primer principio de justicia con el segundo, debe primar el primero. Aquí se ven los límites de la concepción neoliberal de Rawls.
El principio utilitarista del máximo beneficio para la mayor cantidad posible opera plenamente en Rawls cuando dice: «Mientras que la distribución del ingreso y de las riquezas no necesita ser igual, tiene no obstante que ser ventajosa para todos, y al mismo tiempo los puestos de autoridad y responsabilidad tienen que ser accesibles a todos», op. cit., pág. 83.
Rawls afirma la necesidad de la economía capitalista: «En todas las interpretaciones supongo que el primer principio de igual libertad ha sido satisfecho y que la economía es, en términos generales, un sistema de mercado libre, aunque los medios de producción pueden o no ser propiedad privada», op. cit., pág. 88.
Acepta Rawls el principio de lo óptimo de Pareto, procedente de Bentham, llamado por él «principio de la eficacia». «El principio afirma que una configuración es eficiente siempre que sea posible cambiarla de modo que beneficie a algunas personas (al menos una) sin que al mismo tiempo dañe a otras personas (al menos una)...Así, la distribución de una provisión de mercancías entre ciertos individuos es eficaz si no existe una redistribución de estos bienes que mejore las circunstancias de al menos uno de estos individuos sin que otro resulte perjudicado», op. cit., pág. 89 Luego, mejor dejemos las cosas como están actualmente, con el reparto desigual existente para no perjudicar al menos a una persona poseedora o explotadora.
Podemos decir entonces que una sociedad es justa cuando sus instituciones proporcionan el mayor beneficio posible a la mayor cantidad de individuos. Es el principio del placer al mayor número de Bentham. El principio de justicia es un principio de egoísmo racional de un colectivo de individuos, un agregado de sujetos. La sociedad debe ser justa por razones prudenciales que así lo aconsejan. El bienestar del grupo es la suma del bienestar individual de cada uno de los miembros del grupo. Esto deja de lado la cuestión de la forma en la que está distribuido el bienestar entre los individuos, si de manera igualitaria o desigual.
Rawls pretende legitimar el Estado social o Estado de Bienestar surgido después de 1945 en los países capitalistas avanzados como el estado justo y ello lo lleva a efecto mediante un procedimiento artificioso como es el procedimiento contractual. Un individualista como es él a fuer de liberal aunque sea justo denominarlo neoliberal, sólo puede concebir la sociedad como agregado o suma de individuos, como una clase distributiva homogénea, aunque ello sea desmentido por los hechos una y otra vez. Rawls nos describe una hipotética situación original en la que unos individuos con unas características determinadas eligen unos principios capaces de arbitrar un sistema de distribución de ventajas. Las personas son inviolables en aras de consideraciones de bienestar general o de cualquier otro tipo. He ahí el liberalismo de Rawls. Es un continuador de la tradición liberal pero atenuada por consideraciones de carácter social.
Rawls distingue entre lo racional y lo razonable. Lo racional es el egoísmo individual, lo que nosotros decidimos teniendo en cuenta nuestra conveniencia y queremos maximizar nuestro beneficio propio. Lo razonable es tener en cuenta el interés ajeno en nuestras consideraciones y buscar la cooperación, la mutua reciprocidad aun a expensas de los intereses individuales.
La justicia para Rawls no consiste en unos determinados contenidos materiales, sino en un cierto procedimiento equitativo e imparcial. Sólo los individuos cuentan en las instituciones sociales y políticas. Es éste un cierto individualismo moral utilitarista. Los individuos son racionales en su conducta y en sus móviles. Son seres libres e iguales capaces de actuar racional y razonablemente. Para evitar que las condiciones concretas de cada uno distorsionen la elección racional, Rawls busca neutralizarlas y coloca así a los participantes de la situación originaria tras un velo de la ignorancia que les impide el conocimiento de las diversas alternativas que se relacionan con su propia situación, obligándoles a evaluar los principios conforme a consideraciones generales. Para llegar a los principios de justicia se utiliza la teoría de la decisión racional. La racionalidad resulta ser así el cálculo del propio beneficio individual.
Sólo en un régimen político constitucional se alcanza la justicia como equidad y una sociedad bien ordenada. Tal régimen es o bien parlamentario o bien presidencialista. El contenido de tal régimen es la economía de mercado con ciertas correcciones para evitar sus molestas y desagradables consecuencias. Rawls piensa que la mano invisible del mercado libre conduce hacia la injusticia y favorece el oligopolio de riquezas y capitales, dificultando así la igualdad de oportunidades por él postulada. Por lo tanto, se impone el Estado del Bienestar para corregir tales deficiencias del mercado libre.

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